Nuestro Presidente Anastasio López ha definido por fin los objetivos nacionales de la revolución nacionalista. Estos serán sagrada e inolvidable guia de la patria. 
Se ha dictado ley como sigue: 

La Junta de Gobierno presidida por Don Anastasio López decreta:
ART. 1.- La presente ley regulará los objetivos nacionales de
la República de Rino Island para su desarrollo futuro.
ART. 2.- La lista no taxativa de los objetivos nacionales de
la República de Rino Island es la siguiente:
a) Dar a conocer internacionalmente y a la comunidad en
general de los reclamos de soberanía de nuestro país sobre
sus territorios en el Océano Pacífico y demás
dependencias. Ello incluye toda proyección de la
oceanopolítica nacional.
b) Promover el cuidado, conservación y protección del medio
ambiente del Océano Pacífico Sur, especialmente del
Territorio Nacional.
c) Desarrollar una diplomacia que promueva relaciones
diplomáticas con gobiernos de Estados soberanos,
territorios autónomos, gobiernos en el exilio, y
micronaciones serias.
d) Difundir la cultura micronacional en general, promoviendo
un desarrollo nacional original y propio en todo sentido.
e) Colaborar al desarrollo de micronaciones hispánicas
serias, originales, profesionales y responsables.
f) Mantener una institucionalidad seria y estable, organizada
en un sistema jurídico coherente y cohesionado, respetuoso
de los derechos humanos y el derecho internacional.
g) Encauzar la legítima actividad política y el contraste de
pareceres de la ciudadanía en medios naturales e
institucionales de participación, promoviendo un
movimiento nacional de participación democrática y
respetuoso de los Derechos Humanos.
h) Promover acciones concretas de colaboración con la
población de los territorios de terceros países donde se
encuentren los ciudadanos.
i) Defender nuestro patrimonio nacional, nuestros derechos de
autor, y nuestro contenido original, recurriendo para ello
a las instancias necesarias.
j) Mantener de manera firme un desarrollo institucional que
avance hacia el pleno realismo micronacional, esto es que
toda institución y actividad se base en acciones reales y

no simulaciones. Ello debe ser un objetivo inalterable de
nuestra institucionalidad.
k) Promover las actividades culturales y artísticas de la
ciudadanía, y su difusión internacional.
l) Promover la fe Católica, Apostólica y Romana, que es la
de la Nación Rinoislandesa.
ART. 3.- Corresponderá exclusivamente al Presidente de la Junta
de Gobierno o a quién en lo sucesivo ejerza el mando supremo
de la Nación la adición o modificación de los objetivos
nacionales.
Se prohíbe la eliminación de cualquier objetivo nacional, por
ser parte sagrada e inseparable de la Nación Rinoislandesa.

NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

Anastasio López
Presidente de la Junta de Gobierno