Tal y como ha sido anunciado por el Presidente Anastasio López, este viernes se le presentará al Gran Senado el proyecto de Nueva Constitución Política del Estado. La propuesta, elaborada por la Comisión Constituyente y la militancia del PUNR, pretende reformar completamente la Constitución vigente desde 2014. 
El proyecto tiene como objetivo principal la consolidación de nuestra revolución nacional, junto con garantizar el cumplimiento de los objetivos nacionales, y garantizando derechos ciudadanos como la igualdad, la justicia, la representatividad, y la eficiencia gubernamental. 
Algunas de las modificaciones más substanciales del proyecto incluyen la inclusión de nuevos derechos, la creación de nuevas instituciones como es el caso del Consejo para la Defensa de la Revolución, y la modificación del estatuto de acceso de la ciudadanía. 
Para mejor conocimiento de la ciudadanía, les explicaremos las principales modificaciones que este proyecto incorpora en esta importante materia:

  • Para poder acceder a la ciudadanía se requiere tener al menos 18 años cumplidos, y no ser miembro de una micronación u entidad semejante, salvo acuerdo expreso de doble membresía. Actualmente se requiere a lo menos 16 años. Puede haber doble membresía micronacional, siempre que sea declarada, y aún así estos no pueden postular a cargos de elección popular. 
  • Se requerirá un año continuado de posesión de ciudadanía para obtener el derecho de sufragio y de postular a cargos de elección popular. Actualmente se exige solo un mes para poder ejercer el sufragio, y un año para postular a cargos. 
  • La ciudadanía solo se pierde por causales específicas, señaladas en la Constitución: a) Por la sola afiliación o inscripción en una micronación, u entidad que se denomine como tal; b) Por la renuncia del ciudadano a dicho estado; c) Por decreto fundado del Presidente de la República; d) Por sentencia judicial, pronunciada en aplicación de una ley aprobada con quórum calificado, y e) Por revocación del decreto que concede la ciudadanía, sin expresión de causa, dentro de los treinta días siguientes a su dictación, dispuesta por el Presidente de la República o el ministro que corresponda por orden de este. Actualmente la ciudadanía se puede perder por múltiples razones, contenidas en la Constitución vigente, leyes y reglamentos. 
  • Los ciudadanos que pierdan la ciudadanía por las causales de las letras c) y d) podrán ser rehabilitados por el Consejo para la Defensa de la Revolución. Actualmente no existe procedimiento para rehabilitar a un ciudadano. 
  • Como disposición transitoria, aquellas personas que tengan actualmente la ciudadanía, pero pertenezcan a otra micronación o semejante, perderán dicho estado por la sola entrada en vigencia de la Nueva Constitución, sin posibilidad de reingresar. Actualmente esas personas pueden tener la ciudadanía. 

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