Desde hace más de cinco años que nuestra revolución ha realizado una profunda labor de reconstrucción y reforma de nuestra institucionalidad. En ese sentido nuestra legislación ha ido avanzado según las exigencias de las necesidades de la comunidad nacional, paso a paso, gracias a lo cual se ha logrado el arraigo de las instituciones que nos eran adecuadas, la supresión de las innecesarias, y la corrección de los yerros inevitables de toda obra humana.
Así, hemos regulado en su conjunto las principales cuestiones que afectan al Estado y los ciudadanos. A partir de la definición legal clara de nuestros objetivos nacionales, se ha ido fundando el edificio de la institucionalidad de la República de Rino Island. 
La Carta de Derechos del Pueblo Rinoislandés y la Carta del Trabajo han reconocido los derechos y deberes de la ciudadanía y los trabajadores, y lo que es más relevante aún, han garantizado su ejercicio. 
El Partido de la Unidad Nacional Rinoislandés, expresión política de la Nación Rinoislandesa, ha sido el pilar político de esta nueva institucionalidad. Desde sus principios hasta su orgánica hemos forjado un sano movimiento de vocación popular y participativa, expresada en nuestro reconocido Código Electoral.
La Ley Orgánica del Gran Senado ha reafirmado el carácter democrático y popular de nuestra república, clarificando las atribuciones del órgano legislativo. A su vez la Ley de los Tribunales ha venido a llenar un vacío existente desde los albores del Estado.
Inclusive el Estatuto Orgánico de la Economía Nacional de Rino Island, que fue profundamente corregido, ha dotado al Estado de una clara ordenación de sus minúsculos gastos, cuestión inédita en nuestra historia. 
No obstante, pese a todo este avance normativo y material, subsiste una dificultad todavía. Ha llegado el momento oportuno para culminar la institucionalización de nuestra revolución nacional, estableciendo una nueva Constitución Política acorde a estos cinco años desde aquel glorioso dos de mayo. 
No podemos echar el vino nuevo en envases viejos; de la misma manera nuestra revolución no podrá asentarse definitivamente si no es en base a una carta fundamental establecida teniendo a la vista esta construcción política fruto de largos años de aplicación práctica. No queremos soluciones extrañas a nuestra tradición política, pero tampoco pretendemos caer en el anquilosamiento ni mantener una legislación inadecuada por el solo hecho de ser antigua. 
Por esto, quiero convocar a este Consejo Nacional del P.U.N.R para que en conjunto definamos las bases fundamentales de la nueva Constitución Política de la República de Rino Island, para que ella sea aprobada en el Gran Senado, y refrendada en un plebiscito de votación libre, secreta e informada. 


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